Hace
un par de días comentaba con mi amigo Gabriel Aranda, conocido entre la
comunidad virtual de fiscalistas como @elNidodelSeguro, sobre cuál era la
periodicidad mediante la cual se deben publicar las tesis asiladas, criterios y
tesis jurisprudenciales que emite el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Ante
esta interrogante le comenté que efectivamente existe obligación de publicar
dicha información, sin embargo, no existe, dentro de la Ley, disposición que
establezca o que obligue al tribunal fiscal (TFJFA) a publicar esta información
con determinada periodicidad o imponiendo cierto término.
Concluí
mi comentario señalando que lo mismo sucede en el caso de la Suprema Corte de
Justica de la Nación, pues si bien es cierto al igual que el Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y Administrativa, tiene la obligación de publicar sus tesis
asiladas y jurisprudenciales, no hay disposición dentro de su marco jurídico normativo
que establezca cuáles son las fechas límites en las cuales este órgano deba
poner en línea la información digital a
que nos referimos.
En la
práctica lo que sucede es que cuando hay interés por conocer las jurisprudencias
que emiten estos órganos, se tienen dos opciones; la primera consiste en
adquirir el CD-Rom que contiene la revista del Tribunal Fiscal o el DVD que
contiene el semanario judicial de la federación tratándose de las tesis de
Poder Judicial de la Federación; y la
segunda, que consiste en esperar a que dichos órganos pongan esta
información en línea a través de sus órganos
de consulta en sus páginas web. Aclarando que la segunda opción no es la más
viable pues ambos órganos juzgadores publican esta información con no poca
demora, por ejemplo, la tesis que corresponden al mes de septiembre y que son
publicadas de forma impresa en el siguiente mes, tardan en ser publicadas en
los medios electrónicos dos o tres meses más.
De acuerdo
a lo establecido en el artículo 1º de su Ley, el Tribunal Fiscal es un órgano dotado
de plena autonomía para dictar sus fallos, con la organización y atribuciones
que la ley de la materia establece, sin embargo, lo cierto es que en cuestiones
de política administrativa, el Tribunal Fiscal sigue las pautas que dicta el
poder judicial de la Federación para su administración interna, en pocas
palabras, si la SCJN aplica determinada política interna, el tribunal fiscal
procurará homologar aquellas que le resulten aplicables a efecto de seguir la
tendencia que establece el Poder Judicial de la Federación. Esperemos que en
este caso sea así.
Con esto
quiero decir que espero que el tribunal fiscal tome como ejemplo el siguiente acuerdo
que ha establecido el Poder Judicial de
la Federación en torno a las fechas de publicación de sus tesis y
jurisprudencias. Acuerdo que a continuación comentaré.
Como
sabemos, el diez de octubre de dos mil once el Pleno de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación llevó a cabo el acuerdo 12/2011 por el que se determinan
las bases de la décima época del Semanario Judicial de la Federación, este
acuerdo, además de establecer, la creación de una nueva época también establece
los momentos de publicación del semanario Judicial de la Federación, tanto
impreso como digital, esto último paso por desapercibido para muchos de
nosotros.
En
el citado acuerdo se fijó, en su artículo Tercero, que el Semanario Judicial de
la Federación y su Gaceta se publicará mensualmente de manera impresa y
electrónica incluyendo las ejecutorias y las tesis cuyo engrose y texto se
hubiere aprobado en el mes inmediato anterior, en la inteligencia de que en
el portal de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se deberá publicar dentro de los
primeros cinco días de cada mes.
(continua...)